24 Febrero 2011, Nicosia/Madrid: Los resultados de la investigación y monitoreo del proyecto muestran un porcentaje del 75% de silencios administrativos en respuesta a solicitudes de información, de lo que se deriva que los organismos públicos de la isla están infringiendo el derecho fundamental a saber del público en general.
El mayor monitoreo sobre acceso a la información llevado a cabo nunca en Chipre encuentra fallos sistemáticos, en particular la falta de respuesta alguna por parte de organismos públicos, que ha llegado al 72% de silencios administrativos en la República de Chipre y 78% de silencios administrativos en la parte norte de la isla. De la 393 solicitudes de información enviadas a 20 organismos públicos en ambas partes de la isla, sólamente en el 8% de las solicitudes la información fue facilitada, con un porcentaje de respuestas completas del 7% para los organismos públicos monitoreados en la República de Chipre y un 9% en los organismos públicos de la parte norte de la isla.
La investigación llevada a cabo durante el 2010 ha resultado en varios hallazgos y recomendaciones que son presentados en detalle en el Informe sobre Acceso a la Información en Chipre (en inglés).
A continuación encontrará un resumen en español con los principales 8 hallazgos junto a las recomendaciones.
UNO
Hallazgo: si bien el derecho de acceso a la informacion está implicitamente garantizado en las provisiones constitucionales sobre libertad de expresión, el marco legal es seriamente defectuoso puesto que no hay una ley de acceso a la información en la República de Chipre y porque la ley de acceso en el norte está por debajo de los estándares del Consejo de Europa.
Recomendación: reformar el marco legal para cumplir con la Convencion sobre Acceso a Documentos Oficiales del Consejo de Europa, adoptándose una ley de acceso a la información en la República de Chipre y enmendando toda la legislación relevante tanto en el norte como en el sur.
DOS
Hallazgo: violaciones sistemáticas en toda la isla del derecho fundamental de acceso a la información, con un 75% de silencios administrativos en respuesta a solicitudes de información.
Recomendación: el gobierno debe asegurarse que las autoridades públicas responden a las solicitudes proveyendo de la información completa en un tiempo razonable. Para ello se deberían adoptar los mecanismos legales correspondientes y se debería, además, formar a todos los funcionarios sobre el derecho a saber del público en general.
TRES
Hallazgo: Según la encuesta de opinión realizada como parte del proyecto, tres cuartos de las personas en Chipre creen que tienen el derecho de acceso a la información. Además, sólamente una de cada tres personas encuestadas piensa que las autoridades en Chipre son abiertas y dignas de confianza. Finalmente, más de la mitad de los encuestados opina que el acceso a documentos no es posible en la práctica.
Recomendación: además de asegurar que existan leyes de acceso que funcionen en la práctica, el gobierno tiene la obligación de informar al público sobre su derecho de acceso a la información, por ejemplo a través de campañas educativas sobre cómo enviar solicitudes de información, cómo apelar denegaciones de acceso y silencios administrativos, y donde encontrar información publicada proactivamente por los organismos públicos.
CUATRO
Hallazgo: muchos organismos públicos parecen no contar con funcionarios de información. Tampoco en sus sitios web ni en otros documentos oficiales públicos ofrecen un punto de contacto oficial.
Recomendación: asegurar que existe al menos un funcionario responsable de responder a la solicitudes de información del público y de la publicación proactiva de ciertos tipos de información clave. Los organismos públicos han de asegurarse que se publicite el punto de contacto de dicho funcionario.
CINCO
Hallazgo: no existe una Comisionado de Información, u organismo similar, responsable de la supervisión del derecho a la información y de recibir las quejas del público en general. En la parte norte de Chipre, la Comisión Evaluadora sobre Acceso a la Información prevista en la ley no ha sido todavía establecida.
Recomendación: asegurar que la futura ley de acceso a la información en la República de Chipre establece una Comisión de la Información adecuadamente emponderada para promover y proteger el derecho de acceso a la información. Segundo, nombrar a los miembros de la Comisión Evaluadora sobre Acceso a la Información en la parte norte y dotarla de todos los poderes necesarios para hacer que la ley se cumpla.
SEIS
Hallazgo: la investigación encontró niveles muy bajos de publicación proactiva en los sitios web de los organismos públicos. El monitoreo de 20 organismos públicos en toda la isla halló que, en la República de Chipre y en la parte norte respectivamente, sólamente un 36% y un 13% de los tipos de información clave estaba disponible en sus sitios web. Además, la información normalmente está disponible en un sólo idioma (griego y turco respectivamente).
Recomendación: Asegurar que la información sobre la estructura, políticas, funcionamiento y presupuesto de cada organismo público es publicada proactivamente y está disponible en varios idiomas. La información debe ser presentada de una forma comprensible para el público en general y debe ser publicada tanto en páginas web como a través de otros medios.
SIETE
Hallazgo: los sitios web de los organismos públicos carecen en específico de información económica básica, como las proyecciones presupuestarias y el gasto corriente, los detalles sobre los concursos para licitaciones públicas propuestas por organismos públicos y la información actualizada sobre los contratos adjudicados. Este hecho fue confirmado por las organizaciones de la sociedad civil que entrevistamos.
Recomendación: se debe hacer un esfuerzo para asegurar que la información económica básica se publica en los sitios web de los organismos públicos. Esta tipo de información debe ser completa y detallada. Para la lucha contra la corrupción es esencial que las licitaciones públicas, subsidios, y los procesos concursales sean totalmente transparentes.
OCHO
Hallazgo: existe una carencia de informacion sobre consultas públicas lo que indica niveles muy bajos de participacion por parte del público en general en los procesos de toma de decisiones. Este hecho fue subrayado por los representantes de organizaciones de la sociedad civil.
Recomendación: existe una necesidad de abrir las puertas del gobierno al público, incluyéndose el establecimiento de mecanismos de participación pública frecuentes durante el proceso político de toma de decisiones. La información sobre oportunidades para participar en la toma de decisiones debe ser ampliamente publicitada, también a través de los sitios web de los organismos públicos, asegurando que esté disponible toda la información asociada a la toma de decisiones específicas.